Santo Domingo,
En un operativo realizado en
el Aeropuerto Internacional de Puerto Plata, el Ministerio Público
adscrito a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción
Administrativa (PEPCA), procedió a la inmovilización del activo
consistente en la aeronave Gulfstream American 2 modelo G-1159, serie
No. 253, matrícula N16YY y/o N522HS, localizada en dicha terminal
aérea.
La titular de la PEPCA, Laura Guerrero Pelletier,
declaró que la aeronave es parte de los bienes investigados en ocasión
del proceso por crímenes de corrupción y lavado de activos, que se le
sigue al senador Félix Ramón Bautista Rosario.
Según determinaron las autoridades la aeronave
habría sido sacada del país en septiembre del presente año hacia el
Estado de la Florida con la matrícula N16YY y regresó nuevamente a la
República Dominicana en el mes de noviembre con la matrícula N522HS,
luego de operarse una transferencia simulada, todo a raíz de la
presentación de la acusación en fecha 22 de octubre del 2014 contra el
senador Bautista Rosario y seis personas más de su presumible red de
asociaciones y de lavado de activos.
De acuerdo a sus últimas comprobaciones, el
Ministerio Público pudo constatar que el senador, en un intento de
evadir las posibles consecuencias del proceso de lavado de activos que
se le sigue, y el posible decomiso de esta aeronave ha procedido a su
distracción y ocultamiento a través de un simulacro de traspaso y a la
fecha la aeronave matrícula N-16YY, marca GULFSTREAM, modelo G-1159,
serie No. 253, pasó a ser matricula N522HS, razón por la cual el
Ministerio Público entendió oportuno y legitimo ordenar la
inmovilización de dicha aeronave.
Las autoridades indicaron que la medida fue
tomada con el propósito de que la misma se mantenga bajo el brazo de la
justicia, esté disponible y no pueda ser traspasada o distraída hasta
tanto se dicte decisión ordenando el decomiso o no de dicho activo, en
el proceso seguido en contra de los señores: Ing. Félix Ramón Bautista
Rosario, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García,
Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez,
Bienvenido Apolinar Bretón Medina y Gricel Aracelis Soler Pimentel.
“Dentro de la investigación financiera por los
ilícitos de corrupción y lavado de activos, que involucra al senador
Félix Ramón Bautista Rosario, el Ministerio Público señala que entre
los activos adquiridos con el producto del dinero ilícito obtenido como
consecuencia de los delitos cometidos en contra del Estado dominicano,
fue adquirida la aeronave matrícula N-16YY, marca GULFSTREAM, modelo
G-1159, serie No. 253, la cual hasta fecha reciente, se mantenía
registrada con matrícula extranjera por ante los Estados Unidos de
América, a nombre la razón social Secure Aircorp Inc., bajo la aparente
propiedad del imputado Carlos Manuel Ozoria Martínez, amigo e íntimo
colaborador del Ing. Félix Ramón Bautista Rosario", señaló Guerrero
Pelletier.
Al mismo tiempo, agregó "tal y como advirtiera
el Ministerio Público recientemente, en medio de diversas operaciones
de distracción de bienes del proceso señalado, fue traspasada la citada
aeronave con la clara intención de ocultar su real propietario y
distraer un bien propiedad finalmente del Estado dominicano".
Afirmó que diversas disposiciones legales
reconocen la potestad del Ministerio Público para tomar esta medida de
publicidad e inmovilización, como en efecto, las disposiciones del
artículo 20 de la Ley No. 311-14 sobre Declaraciones Juradas de
Patrimonio, la cual reconoce la potestad del Ministerio Público de
“disponer la inmovilización de los fondos, valores y recursos, propiedad
total o parcial del funcionario investigado”.
En ese mismo orden, citó también la Ley No.
72-02, Sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de
Drogas, Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, que dispone
en sus artículos 1 num. 2 y 9 que al Ministerio Público estar apoderado
de la persecución de una infracción de lavado de activos o de
incremento patrimonial derivado de actividades delictivas, puede ordenar
en cualquier momento, sin necesidad de notificación ni audiencia
previa, la incautación o inmovilización provisional, con el fin de
preservar la disponibilidad de bienes, productos o instrumentos
relacionados con la infracción.
“Esto sucede, a más de 30 días del Ministerio
Público haber depositado por ante la Suprema Corte de Justicia una
solicitud de medidas cautelares a fin de inmovilizar los productos
bancarios e incautar inmuebles, aeronave y emisoras de radios, en contra
del senador Félix Ramón Bautista Rosario y los demás imputados, la cual
fue formulada desde el día 27 de octubre del corriente año, y a pesar
de tratarse de una medida urgente, que por disposición legal debe ser
fallada a la mayor brevedad, y de que ante la inercia judicial y falta
de respuesta con relación a la misma, se tuvo que solicitar su pronto
despacho en fecha 5 de noviembre, no obstante a la fecha, dichas medidas
no han sido conocidas”, manifestó la representante del MP.
Félix Bautista pide funcionaria no prestarse a juego Domínguez Brito
El senador de San Juan, Félix Bautista, dijo que
no es cierto que haya distraído bienes y enfatizó que no es propietario
de la aeronave Gulfstream American 2 modelo G-1159, serie No. 253,
matrícula N16YY y/o N522HS, que el Ministerio Público inmovilizó en
Puerto Plata, en respuesta a las declaraciones ofrecidas por la
directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la
Corrupción Administrativa (PEPCA), Laura Pelletier.
“Yo no he incurrido en el delito de lavado de
activos y eso lo demostraremos en los tribunales. La señora Pelletier
sabe que lo del avión y todas las demás imputaciones que formulan en el
expediente acusatorio, fueron investigadas por el propio Ministerio
Público, donde ella participó siendo Sub Directora de la DPCA”.
El legislador dijo que en el archivo No. 03093 del
13 de agosto de 2012, en el numeral 167, de la página 84 se consigna
que “167. Así las cosas, al examinar todas las evidencias reunidas
durante las pesquisas, ninguna de ellas vinculan al Senador FÉLIX
BAUTISTA con las operaciones de la aeronave en cuestión”. Todo esto,
según el legislador, fue ratificado a demás por dos sentencias de la
Suprema Corte de Justicia: la sentencia No. 7915-2013, de fecha 12 de
febrero de 2013, dictada por la magistrada Esther Agelan Casasnovas, en
su condición de jueza de la Instrucción Especial, y la sentencia No.
2012-3832, de fecha 17 de febrero del año 2014, emitida por la Sala
Penal de la Suprema Corte de Justicia, que confirmó en todas sus partes
la decisión de la jueza de la Instrucción Especial.
“La señora Pelletier tiene todas las pruebas que
demuestran que no soy propietario del avión. Por tanto, al insistir en
que es de mi propiedad, a sabiendas de que fue investigado por el
Ministerio Público y ratificado por dos sentencias de la Suprema Corte
de Justica, estamos frente a una doble persecución, violando el Art.
69.5 de la Constitución y el Art. 9 del Código Procesal Penal” expresó
Bautista.
Finalmente exhortó a la señora Laura Pelletier “no
prestarse al juego político del Procurador General de la República,
quien ha sometido un expediente mediático, investigado y archivado por
los tribunales, sin fundamento legal ni base probatoria, el cual
tendremos oportunidad de debatir y contrastar en los tribunales”.