Con el voto disidente del juez presidente de la
Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Ramón
Horacio González, los magistrados libertaron a los colombianos Huber
Oswaldo Buitrago Ruiz y Ángel María Buitrago Vacca, acusados de dirigir
una red de narcotráfico de drogas y lavado de activos desmantelada el 12
diciembre pasado.
El tribunal, presidido por el juez González e
integrado por los magistrados Pedro Sánchez y Luis Omar Jiménez, le
impusieron a ambos el pago en efectivo de una garantía económica de tres
millones de pesos, impedimento de salida y presentación periódica,
luego que se variara la medida de coerción consistente en prisión, tras
acoger el recurso de apelación interpuesto por los imputados.
El juez González, en su voto disidente expresa
que disiente de la decisión adoptada por mayoría de votos, en razón de
que entiende que se debió mantener la prisión preventiva, como medida
de coerción, en contra de los recurrentes, la cual garantiza la
presencia de los imputados a los actos del procedimiento, una vez no
contienen una identidad debidamente acreditada, “pues se han valido de
la expedición de pasaportes falsos venezolanos para entrar y salir de la
República Dominicana”.
Además, porque “existen elementos serios,
precisos, concordantes y suficientes que hacen presumir, razonablemente,
que pueden resultar culpables de los crímenes que se les imputan, el
tráfico internacional de drogas y ser patrocinadores de este crimen, los
cuales están sancionados con la pena de 30 años de reclusión mayo”, lo
que no consideraron los otros jueces.
Gonzàlez Perez tambien sostiene en su voto
disidente que “no han sido aportados documentos ni elementos,
suficientes ni relevantes para hacer variar la medida de coerción
impuesta, consistente en prisión preventiva”.
En tanto, los jueces Sánchez Rivera y Jiménez
sostienen que ambos acusados de narcotraficantes “cumplen con los
presupuestos que fueron presentados para ser favorecidos con variarles
la prisión a un pago de una garantía económica”.
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