jueves, 5 de septiembre de 2013

Senadores acogen observaciones realizadas por PE a Ley orgánica de las FFAA

Santo Domingo,
El Senado acogió y aprobó este miércoles las 41 observaciones que el Poder Ejecutivo hizo al proyecto de Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas que reduce el número de 257 generales activos a 40.

La pasada semana los senadores iniciaron la lectura de las observaciones, llegando a leer y conocer 18 de las 41  objeciones que hizo el Poder Ejecutivo, y en la sesión de este miércoles fueron acogidas y aprobadas todas reparaciones que la iniciativas realizó el presidente Danilo Medina.

La iniciativa la sometió el Poder Ejecutivo al Senado el 24 de enero y al perimir la retomó el senador Adriano Sánchez Roa, La  Cámara Alta integró una comisión bicameral, siendo  aprobada el 26 de julio, y luego remitiéndola a la Cámara de Diputados, desde donde la convirtieron en ley el 3 de julio. 

El proyecto aprobado en única lectura, pasará a la Cámara de Diputados para su ponderación y debate, y de ser acogidas las observaciones pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Los artículos a los que el Ejecutivo introdujo observaciones de forma fueron al 4 en los numerales 6 y 18; 5 en los numerales 1 y 6; al artículo 5 en el numeral 7, y al artículo 12.

También el párrafo II del artículo 13; los artículos 15, 20, 32, 33, 36, 37 y 40; el párrafo II del artículo 25; el párrafo del artículo 34; y el numeral 4 del artículo 45.
Otros artículos observados son el 54 en su párrafo IV, sección XIII del capítulo III; artículos 62,  91, 93, 150, y el 151 en el párrafo II, y el artículo 153.

Otros observados fueron los artículo 175; 176, 178 y el párrafo I del artículo 201; los 204, 244, 247, 255, 259, 260, 261, 262, 264, 267 y 268.
Según el artículo 46 propuesto por el jefe del Estado, “el Comandante General Conjunto es la máxima autoridad militar designada por el Presidente de la República para el ejercicio del mando directo de los cuerpos armados, cuando el Ministro de Defensa no sea militar”.

El Poder Ejecutivo hizo cambios al artículo 255 para que el Ministerio Público ejerza en todo caso la custodia de los implementos militares incautados, como armas de fuego, explosivos, sustancias químicas, aeronaves y embarcaciones. Incluso, cuando éstos sean incautados por  los diferentes organismos de seguridad del Estado.

En el mensaje contentivo de la observación, el presidente Medina advierte que constituiría una complicación procesal innecesaria, la implementación efectiva de lo dispuesto en el artículo 255, en cuanto a la custodia y traslado de esta clase de bienes muebles.

Aduce que “en casos excepcionales, por la naturaleza de los artefactos involucrados, el Ministerio Público siempre podrá auxiliarse de las Fuerzas Armadas cuando así lo requiera para preservar la seguridad pública.
El mandatario propone modificaciones al numeral cinco del artículo 93 de la ley, porque “deja abierta la posibilidad de que un ciudadano que esté pendiente de un proceso judicial, pueda ingresar a las Fuerzas Amadas”.

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