Santo Domingo,
Asimismo el presidente de Justicia y
Transparencia, Trajano Potentini, pidió excluir del proceso de
licitación a empresas que exhiben un historial negativo en negocios
similares en diferentes países, haciéndose así no elegible y en
consecuencia fuera de los parámetros de fiabilidad y credibilidad que
establece el artículo 8 de la Ley número 340-06.
Potentini citó como motivo de gran preocupación
los cuestionamientos e inconvenientes que han tenido algunas de las
empresas licitadoras, caso particular de la demando por 300 millones de
dólares que radico la Generadora Eléctrica de Chile Colbun, en contra
de Maire Tecnimont, por la negligencia y retraso en la construcción de
la planta de carbón Santa María, litigio pendiente en la Cámara de
Comercio de París.
La FJT reconoció la necesidad y trascendencia de la
En tal sentido la entidad de sociedad civil cree
oportuno el avocarse conforme a los dictados de la sentencia, a procurar
y viabilizar los correctivos que permitan garantizar y reconocer los
Derechos Humanos de los dominicanos y extranjeros, concretando un plan
nacional de regularización que permita una solución satisfactoria para
todos los involucrados.
Justicia y Transparencia tras reconocer el drama
humano que supone corregir el problema migratorio de la República
Dominicana, con profundos vicios y una marcada desatención por parte del
Estado durante décadas, propuso el modificar y habilitar de urgencia la
ley 1683 sobre naturalización para dar repuesta de manera focalizada a
los miles de casos de personas, que han sembrado raíces por décadas en
el país, además de estar provistos de documentos que le dan la
presunción de nacionales dominicanos, entre otros requerimientos a
considerar.
Asimismo, la entidad informó que trabaja en la
elaboración de un anteproyecto de ley para ser depositado la próxima
semana en el Congreso Nacional, contentivo de la modificación de la ley
no. 1683 sobre naturalización del 16 de abril de 1948, a los fines de
flexibilizar los requisitos y procedimientos necesarios para obtener la
nacionalidad por la vía de la naturalización ordinaria y sin ningún
costo para quienes apliquen en el marco de la nueva realidad
constitucional al amparo de la sentencia referida.
La modificación incluiría una mención expresa
sobre su alcance y ámbito de competencia referido exclusivamente para el
periodo y los casos enmarcados en la vigencia del plan nacional de
regularización, involucrando con parámetros claramente definidos a las
autoridades responsables de ejecutar dicho plan (Poder Ejecutivo,
(Ministerio de Interior y Policía, Dirección General de Migración, Junta
Central Electoral y Tribunales de la República, estos últimos para
casos muy puntuales y excepcionales), siempre trabajando en estrecha
colaboración y coordinación.
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