El incremento de extranjeros ilegales en territorio dominicano pone en la mira la efectividad de los controles internos y la necesidad de revisar la política estatal que se está implementando en materia migratoria.
La situación se registra mayormente porque los extranjeros en calidad de turistas, inversionistas, grupos deportivos, artístico, entre otros, son admitidos en el país con una tarjeta de ingreso de no residente que les permite permanecer hasta 60 días, prorrogables, y tras ese periodo muchos deciden quedarse a residir de manera permanente sin agotar los procedimientos de ley.
A ellos se suman los indocumentados haitianos que burlan los controles fronterizos para penetrar a la República Dominicana, en donde se dedican a realizar todo tipo de trabajo.
Datos oficiales dan cuenta que en lo que va de año 140,171 indocumentados de diferentes nacionalidades fueron deportados del país, los que se suman a otros 35,824 que fueron expulsados en el 2016. Los deportados correspondían a ciudadanos estadounidenses, afganos, cubanos, venezolanos, taiwaneses, alemanes, brasileños, haitianos, franceses, hindúes, rusos, chinos, checos y albaneses.
Esas cifras se registran a pesar de que la Ley 285-04 sobre Migración, en su artículo 101 indica que es ilegal la permanencia del extranjero en el territorio nacional, que aun habiendo ingresado legalmente al país, permanezca en él una vez vencido el plazo autorizado por la autoridad competente.
El aumento de extranjeros con estatus de irregularidad o ilegalidad, es producto de la debilidad en materia de política migratoria, según el experto en asuntos migratorios, Juan Manuel Rosario, quien asegura que no sólo se observa en la falta de efectividad en la aplicación de las leyes dominicanas, sino en la ejecución de medidas para prevenir el ingreso masivo.
“Diariamente entran al territorio dominicano personas de diversas nacionalidades al margen de lo que establecen las leyes dominicanas; y las autoridades dominicanas hacen muy poca cosa para revertir tal situación”, apuntó.
A su juicio, la política de permitir todo en materia de asuntos migratorios para complacer las aspiraciones de organismos internacionales, de gobiernos extranjeros, de sectores empresariales y profesionales, y de ONG nacionales con financiamiento extranjero, ha puesto en peligro la soberanía de la República Dominicana.
Advierte que lo ejecutado en materia de asuntos migratorios no ha sido cumpliendo los estrictos requisitos de las leyes, la Constitución y los intereses nacionales; sino que se han implementado medidas para “hacerse el agradable a fuerzas externas”. A eso se le agrega que en ocasiones las autoridades dominicanas se han rodeado de “asesores” que tienen más pendiente sus criterios ideológicos que los intereses del Estado dominicano; para esos “técnicos” lo único importante es su visión ideológica.
De la permanencia
A todo extranjero admitido en el país se le expide una tarjeta especial de ingreso en la que se deja establecida su situación migratoria, la que conservará hasta tanto cambie su estatus migratorio o salga del país.
Los plazos de permanencia serán autorizados a los extranjeros admitidos como residentes permanentes, temporales y no residentes. Los permanentes tendrán derecho a residir indefinidamente en el país, a menos que, en consideración a las causas legales se precediera a ordenar la cancelación de permanencia y su salida del país.
Mientras los residentes temporales podrán permanecer en el país por un periodo de hasta un año, renovable anualmente, mientras dure el desarrollo de las actividades que dieron origen a la admisión. En tanto, los plazos de permanencia que serán autorizados a los extranjeros admitidos como no residentes, podrán ser de hasta 60 días, prorrogables para turistas, personas de negocios, grupos deportivos, artísticos, entre otros.
Según establece la Ley 285-04 sobre Migración, quienes entren a la República Dominicana evadiendo los controles migratorios serán considerados como ilegales. Acorde a su artículo 101 “los extranjeros que permanezcan ilegalmente en el territorio nacional, no podrán bajo ninguna circunstancia, trabajar, o realizar tareas remuneradas o lucrativas”.
El empleador que proporcione trabajo o contrate a un extranjero que no está habilitado para trabajar queda obligado a pagar los gastos de deportación, si tal medida es dispuesta por la Dirección General de Migración, sin perjuicio de las sanciones que sean aplicables. Asimismo dice que serán sancionados con multas de cinco a treinta salarios mínimos, los empleadores que contraten o proporcionen trabajo a extranjeros ilegales o no habilitados para trabajar en el país.
Datos
En el año 2016, el Gobierno concedió 17,075 residencias y permisos de residencias a ciudadanos extranjeros; 2,190 fueron a estudiantes, 290 a inversionistas, 1,844 residencias permanentes y 7,144 temporales.
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